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Ayudas Alquiler Servicios Sociales

AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA 2014

 CONVOCATORIA DE  CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL Y VIVIENDA

AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA

(B.O.P.A. 13/08/2014)

REQUISITOS (RESUMEN)

  1. Ser titular de  un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos urbanos, modificada por Ley 4/2013, de medidas de flexibilización y fomento del mercado de alquiler de viviendas.
  2. Que la vivienda arrendada o a arrendar constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente de la unidad de convivencia.
  3. El límite máximo de ingresos de la Unidad de Convivencia (LIUC) se expresará en número de veces la cuantía del IPREM, variable según el número de miembros.
  4. Que la renta del alquiler no exceda del 9% del precio máximo de referencia establecida para las Viviendas de Régimen General por Decreto 70/2008 de 23 de junio, de segunda modificación de decreto 120/2005. La superficie máxima computable será de 90 metros cuadrados útiles.
  5. Que ninguno de los miembros de la unidad de convivencia disponga de vivienda en propiedad o derecho real de uso y disfrute sobre otra vivienda en España. (Excepto los que no puedan disponer de ella por razones ajenas a su voluntad)
  6. Que ninguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con el arrendador/a de la vivienda.
  7. Que ninguno de los miembros de la unidad de convivencia sea socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador.
  8. No estar incluso en ninguna de las circunstancias previstas el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Diciembre, General de Subvenciones.

Quedan excluidos los arrendatarios de viviendas de promoción pública y los beneficiarios del Fondo Social de Viviendas en Alquiler (FSV).

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN SOLICITUDES:

 

El plazo límite de solicitud es el 30  DE SEPTIEMBRE DE 2.014.

 

 

Las solicitudes, resto de documentación a aportar e información complementaria se pueden consultar en el BOPA 13/08/2014, en la página web www.asturias.es  o podrán recogerse en los Servicios Sociales de la Mancomunidad de Cangas de Onís, Amieva y Onís, en los horarios siguientes:

 

CANGAS DE ONÍS:  MARTES Y JUEVES de 10 a 14 horas

AMIEVA:  LUNES de 11 a 13 horas

ONÍS:  MARTES de 11 a 13 horas